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Real Decreto 164/2025, nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

2 mayo 2025

Real Decreto 164/2025, nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

2 mayo 2025

El pasado 10 de abril de 2025 se ha publicado el Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI).

Esta nueva norma sustituye al anterior RD 2267/2004 debido a la necesidad de actualizar los requisitos técnicos y de seguridad en el ámbito industrial, adaptándolos a las soluciones constructivas actuales y alineándolos con la normativa europea.

Ámbito de aplicación

Este nuevo reglamento busca mejorar la seguridad en los establecimientos industriales, adaptándose a los avances tecnológicos y a las normativas vigentes, y fortaleciendo la protección contra incendios en el ámbito industrial.

El nuevo reglamento se aplica a los siguientes establecimientos industriales:

  • Actividades industriales.
  • Almacenes industriales.
  • Talleres de reparación de vehículos.
  • Actividades auxiliares.
  • Instalaciones fotovoltaicas en cubiertas de naves industriales.
  • Nuevos requisitos y exigencias

  • Unificación de criterios: con el Código Técnico de la Edificación y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.
  • Inspecciones periódicas más frecuentes: Los titulares de los establecimientos deben solicitar una inspección periódica de sus instalaciones a un organismo de control habilitado, al menos cada 5 años
  • Documentación y licencias: Para la puesta en servicio de nuevas instalaciones o modificaciones significativas, se requiere la presentación de un proyecto técnico firmado por un profesional competente, junto con la documentación correspondiente ante el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma.
  • Comunicación de incendios: Cualquier incendio relevante ocurrido en el establecimiento debe ser comunicado al órgano competente en materia de industria en un plazo máximo de 15 días hábiles
  • Instalaciones de protección contra incendios: Se requiere la instalación de sistemas adecuados de detección, control, extinción y alarma, conforme al Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017).
  • Prevención y diseño estructural: El diseño de los establecimientos debe minimizar la propagación del fuego, tanto interior como exterior, garantizando la resistencia estructural suficiente para permitir la evacuación y la intervención de los bomberos. Se contará con las instalaciones de detección, control, extinción y alarma que sean adecuadas en cada caso.
  • Normas modificadas por el Real Decreto 164/2025

    El Real Decreto 164/2025 modifica y actualiza varias normativas en el ámbito de la seguridad industrial, incluyendo:

  • Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI): Se introducen cambios en los requisitos para las empresas instaladoras y mantenedoras de equipos y sistemas de protección contra incendios, incluyendo la obligación de contar con personal cualificado en plantilla y la actualización de los conocimientos mínimos necesarios para los operarios. Esta regulación entrará en vigor el 1 de julio, si bien las empresas dispondrán desde entonces de un año para adaptarse a la normativa.
  • Reglamento de instalaciones eléctricas de alta tensión (RAT): Se modifica el artículo 7 para incorporar el principio de reconocimiento mutuo, permitiendo que los productos comercializados legalmente en otros Estados miembros de la Unión Europea sean considerados conformes con la normativa española, siempre que garanticen un nivel equivalente de seguridad.
  • Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (RSIF): Se establece que las empresas instaladoras y mantenedoras deben contar con personal cualificado en plantilla, alineándose con los requisitos establecidos en otros reglamentos de seguridad industrial. Las empresas frigoristas deberán cumplir con nuevos requisitos, por ejemplo, para operar en instalaciones de nivel 1, se requiere contar con al menos un instalador frigorista habilitado en plantilla.
  • Si tienes una nave industrial que ya opera y no la vas a modificar o ampliar, puedes seguir como hasta ahora hasta un plazo de 6 meses (mes de noviembre de 2025) que tendrás que cumplir nuevas exigencias relativas al mantenimiento, evaluación de riesgos, inspecciones y revisión de planes de emergencia.

    Por último, queremos destacar una nueva obligación, recogida en el anexo III de este Real Decreto 164/2025, por la que será necesario instalar un sistema de alarma por voz, que, de instrucciones verbales por megafonía, cuando se cumplan las siguientes dos condiciones:

  • La suma de la superficie construida del edificio sea igual o superior a 10.000 m2.
  • La densidad de ocupación del edificio supere las 3 personas por cada 100 m2
  • Desde Qualen, tenemos como objetivo ayudar a las organizaciones en el cumplimiento de nueva normativa, como este nuevo RSCIEI, adaptándonos a las necesidades de cada empresa.

    No dudes en ampliar información a través de nuestro teléfono 659 019 328 o vía e-mail: info@qualen.es

    #PrevenciónDeIncendios #ReglamentoContraIncendios #RSCIEI2025 #SeguridadIndustrial

    Fuentes:

    https://www.mintur.gob.es/es-es/GabinetePrensa/NotasPrensa/2025/Paginas/el-gobierno-aprueba-nuevo-reglamento-de-seguridad-contra-incendios-en-establecimientos-industriales.

    https://diariofinanciero.com/que-son-las-iso-45001-e-iso-45004-y-como-afecta-a-la-seguridad-de-las-personas/